Seguimos con algunos puntos, que son clave para terminar con el ruido en nuestra casa, sin tener que enfrentarnos a los vecinos y no tener problemas mayores, de los que nos produce el ruido.
-Interponer una poco deseada denuncia. Si los ruidos siguen, la comunidad va a tener que convocar una junta general, que lleve, dentro del Orden del Día, dicho punto. Si el infractor fuera el propietario o inquilino, la junta va a poder entablar, contra el mismo, la acción de cese que se llevará a cabo a través de un juicio ordinario, tal como se indica en la Ley de Propiedad Horizontal. En el momento en que la demanda se presente, la juez va a poder acordar, eso sí, con carácter cautelar la cesación, de manera inmediata, de la actividad que produce el ruido. Podrá adoptar, si fuera necesario, las medidas cautelares que fueran necesarias, para poder asegurar la efectividad de dicha orden de cesación. La demanda tendrá que hacerse, en todo momento, contra el propietario y, si fuera el caso, contra la persona que está ocupando la vivienda o el local. La sentencia, si es a su favor, podrá señalar hasta la privación del derecho al uso de dicha vivienda, por un período de tiempo, que no sea superior a los tres años. Si los ruidos van a tener su origen en patologías o por efectos de la construcción, estos daños van a tener que ser subsanados por parte de la constructora, si no ha transcurrido el período de tiempo, para poder realizar el reclamo de los mismos.
-Realizar una medición acústica. Es muy recomendable realizar un informe técnico de un sonómetro, que pueda medir el nivel del ruido para poder constatar si supera o no los niveles máximos, que están permitidos, por parte de la normativa, que está vigente en nuestro país.
Foto: fuente
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